24 Abr Novedades Renta 2016
- Limite general sin obligación de presentar declaración: 22.000 euros, siempre que provengan de un único pagador.
- Límite para quien haya percibido de 2 o más pagadores: 12.000 euros.
- SIGUE suprimida la exención de los 1.500 euros anuales por dividendos.
- Están exentas de tributación la Renta Mínima de Reinserción y rentas similares establecidas por las Comunidades Autónomas.El rendimiento del Capital Inmobiliario (alquileres básicamente), pierde la reducción del 100%, que se aplicada en determinados casos, aplicándose a partir del 2015 únicamente la reducción del 60%.
- Obligación de declarar cuando se obtienen Ganancias Patrimoniales superiores a 1.600 euros.
- Obligación de declarar cuando se obtienen Pérdidas Patrimoniales superiores a 500 euros.
- Rentas Imputadas (inmuebles) por valor superior a 1.000 euros.